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Las razones del Tribunal para descartar responsabilidad penal de Blumar en Caso Bruma

El Tribunal desestimó las cautelares solicitadas por los querellantes y el Ministerio Público, al concluir que no se acreditaron fallas graves en el modelo de prevención de delitos de la compañía ni su vínculo con los hechos investigados. La resolución —dictada en el marco de la Nueva Ley de Delitos Económicos— también rechazó medidas privativas de libertad para la tripulación del PAM Cobra, fijando en su lugar cautelares de menor intensidad.

 


Lo nuevo. El Juzgado de Garantía de Coronel descartó la responsabilidad penal de Blumar S.A. en el denominado “Caso Bruma” y rechazó imponer medidas cautelares contra la compañía, en una resolución que marca un hito al tratarse del primer proceso bajo la Nueva Ley de Delitos Económicos.

  • En su fallo, el tribunal desestimó la medida cautelar solicitada por los querellantes. Al fundamentar su decisión, el juez Jorge Henríquez sostuvo que “la empresa, como se señaló, posee un sistema de prevención de delitos, y no se ha acreditado en la audiencia cómo se da la grave insuficiencia ni cómo esta tuvo incidencia en la perpetración del delito”.
  • El tribunal estableció que eventuales cuestionamientos al Modelo de Prevención de Delitos (MPD) no generan automáticamente responsabilidad penal.
  • En ese sentido, el juez añadió que es necesario demostrar no solo falencias en dicho modelo, sino también que estas hayan facilitado la comisión del delito, elementos que —según la resolución— no fueron acreditados por la Fiscalía, considerando la existencia de medidas de prevención implementadas por la compañía.
  • Desde la defensa, el abogado de Blumar, Alejandro Espinoza, afirmó que “todas las medidas que tenía adoptadas la compañía para prevenir este tipo de accidentes, a nuestro entender, son adecuadas y, por tanto, fue rechazada la medida cautelar solicitada por el Ministerio Público”.
  • Asimismo, agregó que “no se logró precisar fácticamente qué hicieron mal o qué debían hacer los tripulantes”.

Cautelares a tripulación. La resolución también representó un revés para las pretensiones de los querellantes y el Ministerio Público en relación con la tripulación del PAM Cobra.

  • Ambas partes habían solicitado la medida de arresto domiciliario, la que fue desestimada por el tribunal.
  • En su lugar, el juzgado dictó cautelares de menor intensidad para los tripulantes formalizados, consistentes en arraigo nacional, firma quincenal y prohibición de comunicarse entre ellos.

Contexto del caso. El denominado “Caso Bruma” se originó a partir de un accidente marítimo ocurrido en 2025, cuando la embarcación PAM Cobra —vinculada a Blumar— se vio involucrada en un hecho que derivó en una investigación penal por eventuales responsabilidades de la empresa y su tripulación.

  • A partir de ese episodio, el Ministerio Público inició diligencias para determinar si existían incumplimientos en los protocolos de seguridad y en los modelos de prevención de delitos de la compañía, lo que dio pie a una de las primeras causas en que se pone a prueba la Nueva Ley de Delitos Económicos.

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